
Sala Contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha admitido la reclamación de una paciente que fue intervenida de una craneotomía y le laceraron la carótida con el aspirador ultrasónico en quirófano. La mala praxis había sido admitida por el Servicio Madrileño de Salud (Sermas) en vía administrativa, es decir, sin necesidad de llegar a los tribunales. Sin embargo, no hubo acuerdo entre las partes sobre la cuantía de la indemnización.
Rubén Darío Delgado, abogado de la paciente y director de Atlas Abogados, solicitó al Sermas una indemnización por encima del millón de euros, pero el servicio de salud rebajó la cantidad a 647.733 euros. Consignada la cifra, el abogado recurrió al TSJ de Madrid para alcanzar el millón de euros en la compensación de la paciente, dada la situación de "gran invalidez" que tiene reconocida por la Seguridad Social y los otros afectados, familia de la paciente.
Finalmente, no han sido un millón de euros, pero se acerca mucho a esa cantidad. El TSJ de Madrid ha elevado en 252.266 euros la cuantía ya reconocida en vía administrativa. En conclusión, el Sermas y su aseguradora (SHAM) deberán indemnizar con 900.000 euros a la paciente.
Caso clínicoEl punto de partida de la atención sanitaria de la recurrente fue un meningioma frontal izquierdo (Grado I, benigno) que comenzó a manifestarse con alteraciones en la visión y terminó dando la cara en un resonacia magnética.
Neurocirugía del Hospital Universitario Ramón y Cajal diagnosticó el meningioma con compresión del nervio óptico izquierdo. Entonces, la paciente tenía 51 años y fue intervenida, por primera vez, en diciembre de 2017. Pero, en este primer abordaje, no pudieron resecar la masa en su totalidad por presentar importantes adherencias a los vasos cerebrales.
Salió de cirugía y evolucionó satisfactoriamente en el posoperatorio, pero la intención del equipo médico era eliminar el tumor en su totalidad, así que un año después, en diciembre de 2018, volvió a entrar en quirófano y aquí fue donde se produjo la mala praxis que ha determinado la situación de dependencia actual de la mujer.
Según recoge la reclamación presentada por Darío Delgado y que el Sermas ha admitido como válida: "Durante la segunda intervención se produjo un desgarro de la arteria carótida, por lo que tuvo que pasar a la Unidad UCQ en situación de coma inducido, intubada y con un sensor medidor de la presión intracraneal y precisando una nueva intervención el día 21 de diciembre con la finalidad de solucionar el desgarro, consistente en arteriografía, test de oclusión y un tratamiento endovascular de pseudoaneurisma". Pero, la solución no salió bien, pues en las imágenes se observó una zona de penumbra o sombra en la región izquierda del cerebro".
Ni la enfermedad periodontal del paciente ni su tabaquismo evitan la condena a una clínica dental por mala praxis, El error reiterado en la interpretación de unas imágenes derivó en condena por retraso de diagnóstico, Otra condena por no observar las guías de atención a mayores por caídas con golpes en la cabeza La actuación quirúrgica provocó a la paciente un infarto cerebral y un angioTAC, dos días después, mostró la zona frontoparietotemporal izquierda como La mala praxis fue reconocida por el Servicio Madrileño de Salud, pero la paciente acudió al TSJ de Madrid, que elevó la cuantía de la compensación del daño en 252.266 euros más. Off Soledad Valle Neurocirugía Profesión Off